Claves para entender el reparto de utilidades en tu empresa

reparto de utilidades

El reparto de utilidades o Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es una prestación laboral en la que las empresas reparten un porcentaje de sus ganancias entre sus trabajadores, siempre y cuando, haya excedido los 300 mil pesos de ingresos declarados.

La importancia del Reparto de Utilidades o Participación de los Trabajadores en las Utilidades

Se trata de un Derecho Constitucional de los empleados, soportado por el artículo 123, apartado A, fracción IX, de la CPEUM. Así como es una obligación de todos los patrones, ya sean persona física o moral, dedicados a producción o distribución de bienes o servicios.

Se les da un pago a los trabajadores de las ganancias totales del año fiscal, asociadas a su productividad.

Las utilidades se definen como las ganancias netas al producir o vender un producto o servicio. Las utilidades son la diferencia del ingreso y los costos o gastos hechos para la operación durante un periodo determinado.

Un derecho de los trabajadores

Todo trabajador considerado en servicio activo tiene derecho a recibir el pago de utilidades. Es decir, quienes trabajan para alguna empresa, con un contrato laboral de por medio y que haya participado en la operatividad de la misma durante el ejercicio fiscal. Incluyendo a los trabajadores del establecimiento de un negocio, pues, para efectos del PTU, forman parte de ella.
Asimismo, los colaboradores que se encuentren en incapacidad temporal por maternidad o riesgo laboral y los extrabajadores que hayan laborado por, al menos, 60 días durante el ejercicio fiscal correspondiente.

Análisis de las exclusiones y inclusiones en el derecho de reparto de utilidades

Por otro lado, el artículo 127 establece que el reparto de utilidades se ajustará a ciertas normas, señalando las excepciones de trabajadores que tienen derecho al reparto de ganancias. No se consideran en el reparto de utilidades:

  • Directores.
  • Administradores.
  • Gerentes generales.
  • Empleados del sector público.
  • Empleados del hogar.
  • Trabajadores temporales.
  • Empleados del sector público
  • Empleados domésticos

Aunque no se encuentren amparados por la legislación de utilidades, pueden tener otros derechos y beneficios establecidos en su contrato de trabajo o de acuerdo con el empleador.

Trabajadores temporales

El inciso VII del artículo 127 señala que los trabajadores temporales tienen derecho a utilidades cuando hayan trabajado 60 días, por lo menos, durante el año fiscal.

Por otro lado, los trabajadores cuya labor está sujeta a temporadas o eventos específicos, como agrícola o turístico, no tienen derecho a las utilidades. Mismo caso para quienes prestan servicios bajo el régimen de honorarios.

Sin embargo, pueden tener prestaciones específicas como bonos de temporada.

No existen requisitos específicos para cobrar el PTU, los únicos lineamientos son las fechas límite en que la empresa o persona física debe entregar los montos.

Las fechas límite para el pago de utilidades se miden a partir de la fecha en que se paga el ISR anual. En el caso de las personas morales, considerando que su fecha límite de la declaración anual es el 31 de marzo, tienen como plazo máximo el 30 de mayo para hacer su pago a los colaboradores

Si tienes dudas sobre estos temas o requieres una asesoría especializada, en Grupo Hersa hay expertos en Materia Laboral y Fiscal que te pueden apoyar.

Compartir:

Ver más

¡Hola! Completa los siguientes campos para iniciar la conversación en WhatsApp.

Suscríbete a nuestro Newsletter

Y mantente al día con nuestras últimas actualizaciones